Subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos, en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional (Bases Reguladoras)




    Descripción 
  • Subvenciones para los clubes deportivos madrileños, por la participación de sus equipos en las competiciones oficiales de ámbito nacional y/o internacional, de carácter no profesional, que cuenten con equipos de categoría absoluta, en las dos máximas categorías de las ligas nacionales de las distintas modalidades deportivas.
  • La valoración de las solicitudes presentadas se realizará por cada equipo perteneciente al club deportivo solicitante, siendo la puntuación máxima a alcanzar la de 60 puntos.
    Para la valoración de las solicitudes se tendrán en cuanta los siguientes criterios, referidos a la temporada deportiva que se especifique en la correspondiente convocatoria:
    a) Categoría deportiva a la que pertenece el equipo: División de Honor o Primera División o equivalentes, según la modalidad deportiva, hasta 10 puntos, correspondiendo 5 puntos, si pertenece a Primera División o equivalente, y 10 puntos, a División de Honor o equivalente.
    b) Número y características de los desplazamientos realizados como consecuencia de su participación en la liga nacional correspondiente: Hasta 10 puntos, correspondiendo 3 puntos, si se realizan hasta 10 desplazamientos; 5 puntos, entre 11 y 15 desplazamientos, y 10 puntos, si son 16 ó más desplazamientos.
    c) Número de deportistas que componen la plantilla del equipo: Hasta 10 puntos, correspondiendo 2 puntos si la plantilla es de 10 ó menos deportistas; 5 puntos, si la plantilla está compuesta por un número de deportistas comprendido entre 11 y 16; y 10 puntos, si la plantilla supera los 16 deportistas.
    d) Puesto obtenido en la clasificación de la liga nacional correspondiente: Hasta 10 puntos. Esta puntuación se distribuirá de la siguiente forma:
    — Primer puesto: 10 puntos.
    — Segundo puesto: 8 puntos.
    — Tercer puesto: 6 puntos.
    — Cuarto puesto: 5 puntos.
    — Quinto puesto: 4 puntos.
    — Sexto puesto: 3 puntos.
    — Séptimo puesto: 2 puntos.
    — Octavo puesto: 1 punto.
    e) Solvencia técnica y económica del proyecto deportivo del equipo: Hasta 10 puntos. Esta puntuación se distribuirá en función de la viabilidad del proyecto, su repercusión social, el grado de promoción del deporte de base realizado por el club al que pertenece el equipo y su incidencia en el deporte de rendimiento, así como si el club cuenta con instalaciones deportivas propias.
    Además, si se trata de un equipo que practica una modalidad deportiva olímpica, se otorgarán 5 puntos, y si el equipo ha participado en competiciones internacionales oficiales, 5 puntos más.
    Una vez evaluada cada solicitud, conforme a los criterios establecidos, la Comisión de Valoración determinará y formulará la propuesta de las cantidades que correspondan a cada equipo, dividiendo para ello el importe total de la subvención entre el total de puntos asignados a todos los equipos admitidos y multiplicando el resultado obtenido por los puntos asignados a cada equipo.
    Requisitos 
  • Podrán beneficiarse de las ayudas previstas en esta Orden, los clubes deportivos de la Comunidad de Madrid que cumplan las condiciones referidas en el artículo 1, además de los siguientes requisitos:
    a) Encontrarse inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid con, al menos, un año de antigüedad a la fecha de publicación de la convocatoria y reunir las condiciones a que se refiere el artículo 1 del presente título.
    b) Contar con, al menos, un equipo de la categoría absoluta en la máxima categoría nacional correspondiente a una modalidad deportiva oficialmente reconocida (División de Honor, Superdivisión o equivalente) o, en su defecto, en la categoría inmediata inferior (División de Honor B, Primera División Nacional o equivalente).
    c) No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto se suscribirá declaración responsable.
    d) Mantener los anteriores requisitos, al menos, hasta la fecha de justificación del gasto.
    Documentación a presentar 
  • - Los impresos de solicitud deberán ir acompañados de los siguientes documentos:
    Los clubes deportivos interesados deberán presentar la solicitud en la forma y con la documentación que se determine en la convocatoria correspondiente.
    No será necesario aportar la documentación que ya se encuentre en poder de la Administración actuante, en los términos previstos por el artículo 35.f) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    Tramitación 
  •  La forma de concesión de las ayudas será por concurrencia competitiva.
    Normativa Aplicable 
  •  * Orden 588/2008/00, de 18 de julio, del Consejero de Cultura y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras (BOCM nº 172, de 21 de julio)
    Información Complementaria 
  • * Plazo y forma de la justificación:
    El pago de la subvención concedida se tramitará previa justificación de que se han realizado las actividades objeto de la ayuda.
    La justificación de la ayuda concedida se realizará dentro del plazo que se indique en la correspondiente convocatoria, mediante la presentación de la siguiente documentación:
    a) Certificado del Presidente de la asociación deportiva en el que haga constar que se han realizado las actividades objeto de la ayuda.
    b) Memoria detallada de las actividades y gastos realizados.
    c) Cuenta justificativa de la actividad subvencionada que comprenderá justificantes de gasto por un importe igual o superior al 100 por 100 de la ayuda concedida y que se correspondan con las actividades y gastos previamente solicitados. Dichos justificantes se presentarán en original y copia y se corresponderán con los relacionados anteriormente en la solicitud.
    La copia será compulsada en la Dirección General de Promoción Deportiva y los originales deberán ser custodiados por la asociación, quedando a disposición de la Consejería de Deportes.
    Dichos justificantes se acompañarán de una relación resumen de los mismos en la que constará: número de orden del justificante en la relación, número de factura, emisor, fecha de emisión, concepto e importe total. Asimismo, cuando la actividad haya sido financiada, además de con la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a dicha actividad.
    En los supuestos de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, que supere la cuantía de 12.000 euros, se presentará una memoria justificativa cuando la elección no recaiga en la propuesta económica más ventajosa de las tres que, al menos, habrán de haberse solicitado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
    Se considerará justificado el gasto, mediante la presentación de las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa.

Subvenciones a clubes deportivos y sociedades anónimas deportivas para el desarrollo de su actividad deportiva «Programa Cantera»

Fecha de publicación:

14 de junio de 2013

Objeto:

Convocar, para el año 2103, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones a clubes deportivos y sociedades anónimas deportivas para el desarrollo de su actividad deportiva con la finalidad de contribuir a la consolidación de su estructura.

¿Quién lo puede solicitar?:

Clubes deportivos y sociedades anónimas deportivas que cumplan los requisitos

¿Qué requisitos debo cumplir?:

a) Encontrarse inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de Castilla y León en la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

b) Contar con equipos disputando ligas o competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional de categoría absoluta previstas en los calendarios oficiales de las Federaciones Deportivas correspondientes.

¿Para qué es la ayuda?:

a) Gastos de personal técnico necesario para la realización de la actividad deportiva.

b) Gastos de alojamiento, manutención y desplazamiento de deportistas, personal técnico y árbitros o jueces necesarios para la realización de la actividad deportiva.

c) Gastos derivados de la adquisición o alquiler del material necesarios para la realización de la actividad deportiva.

d) Gastos de las licencias necesarias para la realización de la actividad deportiva.

e) Gastos de las inscripciones necesarias para la realización de la actividad deportiva.

Las actividades que resulten subvencionadas deberán haberse ejecutado en el período comprendido entre el 1 de ENERO de 2013 y el 31 de DICIEMBRE de 2013, ambos inclusive.

Cuantía:

  • La cuantía de las subvenciones se determinará de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, pudiendo alcanzar su importe el 100% de la cantidad solicitada con un límite de 150.000 € por beneficiario
  • Cuando se trate de beneficiarios con la condición de empresa, no podrá ser de tal cuantía que la ayuda total de mínimis concedida durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales sea superior a 200.000 €

¿Qué documentos necesito?:

Solicitud, en modelo normalizado, dirigida al titular de la Consejería de Cultura y Turismo, Dirección General de Deportes, y acompañada de, original o copia compulsada, de la siguiente DOCUMENTACIÓN:

a) Memoria deportiva, conforme al formulario «Memoria Deportiva».

b) Certificación acreditativa de que el solicitante se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la seguridad social, en el caso de que se trate de una sociedad anónima deportiva y haya denegado expresamente la autorización para que la Consejería de Cultura y Turismo obtenga de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y de la Tesorería de la Seguridad Social el certificado pertinente.

En la solicitud se incluye la declaración responsable del interesado relativa a diferentes extremos.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

Desde el 15 de junio de 2013 hasta el 29 de junio de 2013

Más Detalles:

15 DÍAS NATURALES a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

Organismo:

Responsable:

Gestor:

Dirección General de Deportes

Que resuelve:

Consejería de Cultura y Turismo

Plazo de resolución:

El plazo para resolver y publicar en el BOCyL la resolución será de 6 MESES, contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin haberse dictado y publicado la resolución se podrá entender DESESTIMADA.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificación.
  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Información adicional:

MODIFICACION DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN
  • El Beneficiario podrá solicitar la modificación de la resolución de concesión en el supuesto de que concurra una modificación sustancial en las condiciones de las competiciones subvencionadas y, en el caso de obtención concurrente de otras aportaciones fuera de los casos permitidos.
  • La solicitud podrá realizarse desde el día siguiente al de la notificación de la resolución de concesión hasta 2 meses antes de la finalización del plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas.
  • Las solicitudes se formalizarán en el Formulario de «Solicitud de modificación de la resolución de concesión».
JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
  • La presentación de la documentación de justificación de la actividad deportiva objeto de subvención deberá producirse hasta el día 31 de enero de 2014, inclusive.
ACLARACIONES PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN LA CONVOCATORIA
  • Debido a las novedades que esta nueva convocatoria de subvenciones introduce con respecto a las anteriores convocatorias de ayudas a clubes y en aras de facilitar la comprensión de algunos aspectos, se considera oportuno difundir información que sirva de guía para la cumplimentación de la solicitud de participación en la convocatoria.

Que ocurre con las cuentas de las FEDERACIONES DEPORTIVAS

Qué ocurre en las cuentas de las federaciones deportivas

22 de las 66 federaciones, en quiebra técnica

Esta semana, el diario ABC publicó la noticia de que 22 de las 66 federaciones deportivas estaban en quiebra según ha comunicado el CSD (Consejo Superior de Deportes,http://www.csd.gob.es/ ).

Noticia de ABC: http://www.abc.es/deportes/20130419/abci-federaciones-quiebra-tecnica-201304182243.html

Entre las medidas impuestas están los recortes presupuestarios y la no aceptación de determinados gastos en sus cuentas, pero se ha puesto en entredicho los salarios de los presidentes de las federaciones (algunos superiores a 100.000 €, muy por encima del Presidente del Gobierno). Además de otras prácticas como viajes y otros "gastos de representación".

El diario PÚBLICO, el pasado noviembre publicaba un artículo por la guerra por las presidencias federativas y los porqués.

Noticia de PÚBLICO: http://www.publico.es/deportes/446484/por-que-es-tan-goloso-presidir-una-federacion-deportiva

SAQUE MÁXIMA RENTABILIDAD A SU DINERO SIN RIESGOS

Seguro de ahorro-inversión, a prima única. Comercialización del 29 de Abril al 30 de Julio de 2013 (o hasta agotar stock de emisión).


Producto
Seguro de ahorro-inversión, a prima única, que permite al cliente beneficiarse de la situación actual de los mercados financieros.
El riesgo de la inversión es asumido por el tomador del seguro.
Ofrece al inversor la oportunidad de obtener una mayor rentabilidad a vencimiento, con la alta seguridad y protección de los activos asignados a la inversión.

Características
  • Cobertura de supervivencia.
  • Cobertura de fallecimiento. Valor de mercado de los activos asignados a la fecha del fallecimiento, más un capital adicional fijo del 10% de la aportación única.
  • Aportación mínima 5.000 euros.
  • Vencimiento 31/10/2018.
  • Liquidez. A partir del primer año, para la valoración y liquidación del rescate ejercido por el tomador del seguro, la Entidad Aseguradora designa como referencia mensual el día laborable posterior al día 15 de cada mes.
El importe a liquidar al tomador vendrá determinado por el valor de mercado de los activos asignados de acuerdo a su participación, con una penalización del 2% durante las tres primeras anualidades de la póliza. A partir del comienzo de la cuarta anualidad no existirá penalización por rescate.
En caso de rescate parcial, se establece importe mínimo de 3.000 euros.

Ejemplos según la Inversión Realizada
Capital Inicial
Capital Vencimiento
20.000€
23.600€
50.000€
59.000€
100.000€
118.000€

Composición de la Inversión      
La prima pagada, neta de gastos del seguro, se invertirá en una estrategia de inversión, Renta Fija Nacional 2018, que garantizara el valor a vencimiento.
Composición Renta Fija Nacional 2018:
  • 100% Strip de Bono del Estado Español (ISIN: ES00000122B1) (Rating crediticio: Baa3/ BBB- /BBB)
Perfil cliente potencial
Las necesidades financieras de los clientes cambian según el ciclo vital en el que se encuentren: universidad, familia, jubilación, etc.
Este producto está destinado a clientes de todos los segmentos que:
  • Deseen participar en los mercados financieros de manera segura, mediante una inversión que les permita recuperar el 100% del capital inicial aportado y obtener una rentabilidad a vencimiento del 18%.
  • Posean un horizonte temporal de inversión a medio plazo, y no tengan necesidades de liquidez.
  • Tenga una edad comprendida entre los 30 y 70 años.

II Exteme Race


Seguimos incrementado las pruebas que están aseguradas a través nuestra, para el próximo 07 de julio, en Elche se a preparado una prueba de obstaculizarlos muy divertida e interesante que no dejará indiferente a nadie, animaros a participar.

Debéis estar tranquilos por que si os lesionáis estáis asegurados a través de nuestra empresa Rincón del Seguro. Si os pasa algo nos podeis llamar al 952 514697 o mandar un mail a info@rincondelseguro.es

Carrera Popular de Herrera


También estuvimos allí, desde nuestra Correduría aseguramos a los participantes de la Carrera Popular de Herrera. En Rincón del Seguro damos servicio asegurador a toda España, con un servicio personal y muy profesional.

Corre por la Esclerosis Multiple


Durante este fin de semana seguimos creciendo en clientes y sobre todo y mas importe como personas, estamos asegurado a través nuestra Correduría de Seguros "Rincón del Seguro", varias pruebas deportivas solidarías, nos sentimos muy orgullosos de poder ayudar con nuestra pequeña aportación a estas asociaciones y sobre todo poder darles la tranquilidad de estar asegurado con una empresa seria, dinámica y muy profesional.

Os animo acercaros, aunque sea solo por aportar vuestro granito de arena por a la casa de campo de Madrid (Corre por la Esclerosis Múltiple), en Sevilla donde también estamos muy presentes colaborando (Lucha Contra el Cáncer infantil) el 26 de mayo o el mismo día por Boadilla del Monte en Madrid (H.M. Corre por la Vida).

En todas estas carreras solidarias estamos muy presentes velando por los participantes de estas pruebas a que tengan una atención sanitaria perfecta si tuviesen algún problema.
Un saludo